Desde el año 1997, la profesión de enfermera en Chile, se encuentra regulada por ley. El Código Sanitario en el Libro V, artículo 113, inciso cuarto, a partir de la función social que el legislador asigna a la profesión, define sus servicios. La ley hace reserva, para las enfermeras, de ciertos y determinados actos, configurándose así la especificidad de la profesión y su ámbito de acción. Con el objetivo de conocer la naturaleza, sentido y alcance de dicha regulación se ha escrito este artículo. En primer lugar, se revisa el concepto profesión en general y sus atribuciones, para luego centrarse en lo medular del asunto: los servicios profesionales de la enfermera(o), en especial, la “gestión del cuidado”. En sus vertientes, función y estructura; terminando, a modo de conclusión, con algunas consideraciones finales.
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